domingo, 9 de diciembre de 2018

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-JUEGOS DEL LENGUAJE-

En Los cuadernos azul y marrón Wittgenstein sostiene que en cada lengua hay múltiples lenguajes con sus propias reglas que establecen cómo debemos usar los nombres en cada caso.

Así, el lenguaje que emplea un panadero en la panadería constará de una serie de reglas que establecen cómo deben usarse nombres tales como harina, agua, levadura, amasar. El químico del laboratorio reorganizará la realidad de otro modo, de forma que maneja otros nombres que usa siguiendo otras reglas, y así hablará de elementos, hidrógeno, análisis, etc. Cada uno de estos lenguajes con sus reglas constituye un juego del lenguaje.

-JUSTICIA-

Es un valor ético y/o político, que tiene un determinado desarrollo histórico, pues como todo valor, tiene un componente intersubjetivo, es decir, de construcción social.

Así, Platón, asumiendo una cierta tradición griega que asocia justicia a orden o armonía, sostiene que la justicia es la virtud por excelencia del alma o de la polis, que se da cuando en estas rige la armonía: (1) Con respecto al alma, la justicia se da cuando cada parte del alma cumple con su cometido, se atiene a su virtud específica. Esto sucede cuando en la parte racional del alma se da la sabiduría o prudencia, en la volitiva el valor o fortaleza, y en la apetitiva la templanza. (2) Con respecto a la polis, al Estado, la justicia se da cuando cada estamento cumple con su cometido, con su virtud específica: cuando los gobernantes son sabios, cuando los guardianes son valerosos y cuando los productores y comerciantes son moderados en sus deseos.

-JUICIO-

Un juicio es una operación de la mente por la que esta relaciona un concepto o término con una cosa o propiedad o con otro concepto o término. Los juicios se expresan mediante proposiciones. Proposiciones son, por ejemplo: «Eso es un caballo» o «Los caballos son mamíferos».

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Tomás de Aquino, siguiendo a Aristóteles, sostiene que los juicios se forman cuando el entendimiento, una ver en posesión de la forma inteligible o verbum mentis (= concepto) se vuelve a la imagen en la mente de las cosas, para atribuir el concepto elaborado a ese imagen, formando así un juico que podemos expresar como: «Esto (esta imagen) es un caballo».

-JUICIO ANALÍTICO-

Un juicio analítico es aquel en el que del análisis del sujeto se saca el predicado. Son juicios tales como: «Un soltero es un no-casado», «Las mesas de color verde son mesas», etc.

El concepto de juicio analítico se contrapone al de juicio sintético.

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Algunos filósofos (por ejemplo, Gustavo Bueno) sostienen que todo juicio es sintético y que lo que llamamos juicio analítico no es más que un caso límite de juicio sintético. (Véase identidad analítica e identidad sintética).

-JUICIO A POS­TE­RIORI-

Un juicio a posteriori es aquel que se elabora a partir de la experiencia. Son juicios tales como: «Las mesas del aula de 1º A son verdes», «Las vacas son rumiantes», «A nivel del mar el agua hierve a 100º C», etc.

-JUICIO A PRIORI-

Un juicio a priori es aquel que puede ser elaborado al margen (antes de) la experiencia. Todos los juicios analíticos son juicios a priori. Según Kant también algunos juicios sintéticos (los juicios de las matemáticas y los juicios fundamentales de la física), son a priori.

-JUICIO DETERMINANTE-

En terminología kantiana, un juicio determinante es un proceso por el cual subsumimos algo particular bajo un concepto ya dado (esto es, un universal). Tal concepto puede ser: (1) Una categoría o concepto puro del entendimiento. En ese caso esa subsunción es, por decirlo así, automática. Está presupuesta en todo conocimiento. Dicho de otra manera, para que haya conocimiento es necesario que la realidad esté organizada, subsumida, bajo el sistema de las doce categorías. Por lo que, hablando con propiedad, no es del todo correcto decir que aquí se produzca «juicio» alguno. (2) Un concepto empírico (o, también, un concepto sensible puro). En este caso, para poder subsumir algo bajo un concepto es necesario producir previamente ese concepto, por lo que el juicio determinante presupone un juicio reflexionante previo.

-JUICIO ESTÉTICO-

El juicio estético es una operación de la mente a través de la cual calificamos algo como bello, feo, sublime, etc. Es decir, el juicio a través del cual valoramos una experiencia estética.

También se puede llamar juicio del gusto (o juicio estético) a la facultad de juzgar lo bello.

-JUICIO LÓGICO-

Un juicio lógico es un acto mental por el que se dice algo acerca de algo, por el que se predica algo de un sujeto. La expresión verbal o escrita del juicio es una proposición.

En el juicio se pone en relación un concepto con un objeto, o un concepto con un concepto. Por ejemplo: «Esto es una mesa», o «La mesa es un mueble». (Obviamente el juicio solo podemos mostrarlo bajo la forma de proposición).

-JUICIO REFLEXIONANTE-

La noción de juicio reflexio­nante fue elaborada por Kant para designar al proceso por el cual, una vez que se nos da una experiencia, un grupo de impresiones organizadas, la mente busca el orden, el concepto, subyacente a esa experiencia, de modo que podamos atribuir a esa experien­cia un concepto formando un juicio. (Tal acontece, por ejemplo, cuando tras un cúmulo organizado de sensacio­nes descubrimos/produci­mos el concepto caballo, de modo que podemos decir «Esto es un caballo»).

-JUICIO SINTÉTICO-

Un juicio sintético es aquel que sintetiza, esto es, enlaza, términos diversos, que no tienen una relación necesaria entre sí. Todos los juicios a posteriori son juicios sintéticos, dado que son juicios que muestran una relación entre cosas que se ha observado en la experiencia, pero que no necesariamente tendría por qué darse. Según Kant, también hay juicios sintéticos a priori.

El concepto de juicio sintético se contrapone al de juicio analítico.

-JUICIO SINTÉTICO A PRIORI-

Una de las grandes aportaciones kantianas a la teoría del conocimiento es u pretensión de demostrar que existe juicios sintéticos a priori. Tales juicios serían construidos al margen de la experiencia, pero permitirían enlazar cosas diversas, dando con ello, información novedosa acerca de la experiencia. Los juicios de las matemáticas (tales como «El área del triángulo es igual a base por altura dividido entre dos», «Dos elevado al cubo es igual a ocho», etc.) y los juicios fundamentales de la física serían juicios de este tipo.

-JUNTORES-

Véase conectivas.

-JUS­TICIA-

El término justicia tiene varias acepciones: puede ser entendida como sinónimo de ley, para designar a la institución encargada de velar por el cumplimiento de la ley o como un valor transversal ético y político.

Entendida como valor ético y político la justicia es considerada el valor supremo en lo que atañe a la regulación de las relaciones comunitarias.

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Para Platón es la virtud por excelencia. Pero tiene un doble sentido: (1) Por un lado es una virtud del alma. En este caso la justicia se da cuando cada parte del alma cumple con su cometido, se atiene a su virtud específica. Esto sucede cuando en la parte racional del alma se da la sabiduría o prudencia, en la volitiva el valor o fortaleza, y en la apetitiva la templanza. (2) Por otro es una virtud del Estado, de la polis, es el fin de la polis. En este sentido la justicia se da cuando cada estamento cumple con su cometido, con su virtud específica: Cuando los gobernantes son sabios, cuando los guardianes son valerosos y cuando los productores y comerciantes son moderados en sus deseos.

Aristóteles

Ralws

-JUSTICIA CON­MU­TATIVA-

Según Aristóteles es una de las tres clases de justicia, caracteriza­da porque regula las relaciones de los ciudadanos entre sí en los intercambios que mantienen.

-JUSTICIA DISTRIBUTIVA-

Según Aristóteles es una de las tres clases de justicia, caracteriza­da porque regula las relaciones de la comunidad con los individuos que la constituyen, estableciendo qué debe proporcionar aquella a sus miembros.

-JUSTICIA LEGAL-

Según Aristóteles es una de las tres clases de justicia, caracterizada porque regula las relaciones entre los miembros de una comunidad y la comunidad misma, para lo cual establece las leyes que deben obedecer los miembros de la comunidad.

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